Para apelar, usted tiene que tener el derecho de presentar la apelación. Solo la persona que hace la solicitud o petición tiene el derecho reconocido de apelar la negación de la misma.
Al hacer la apelación, usted puede ser representado por u abogado o por un representante reconocido por USCIA. Para esto se necesita complacer el Formulario G-28, el cual tiene que ser firmado por usted, y su abogado de inmigración o representante reconocido. Este formulario, ya completo y firmado, debe acompañar la apelación.
Si usted desea apealar la denegación de la petición o solicitud, debe estar consciente del plazo de tiempo aplicable al proceso. Usualmente el aviso de negación es acompañado por información sobre el proceso.
Específicamente, usted debe revisar el aviso de negación. Este le indicara si la denegación de su petición o solicitud se puede apelar. El aviso también le indicara que órgano tiene la jurisdicción (o autoridad) de apelación y el formulario que debe de usar para registrar su apelación.
El tiempo límite que tiene para radicar su apelación también estará indicado en el aviso. Para apelar una denegación de una petición o solicitud, la apelación deberá interponerse dentro de los 30 días de la fecha de la decisión; 33 días si recibió la decisión por correo. Si desea apelar la revocación de la petición de inmigrante aprobado, debe presentar la apelación dentro de 15 días de la fecha de la decisión, o dentro de 18 días de la fecha de la decisión de si la decisión se recibe por correo.
Al interponer su apelación, usted tiene que pagar la cuota o tarifa para la misma. Si es necesario, en ese momento puede pedir una extensión para pagar la misma.
Para mas información visite el sitio en línea de
http://www.uscis.gov/portal/site/uscis