Un poder notarial para la atención de la salud no es una parte de un testamento de herencia. El poder notarial par la atención de la salud (conocido en ingles como “health care proxy”) es un documento aparte que le da a su agente el poder de tomar decisiones basadas en sus preferencias o sus intereses en cuanto a tratamiento medico. Es efectivo sólo cuando usted no pueda expresar sus deseos pos si mismo.
Si decide no hacer un poder para este propósito, la ley especifica a quien su medico debe de dirigirse para decisiones médicas. A las siguientes personas, en el orden especificado, se le pedirá hacer decisiones sobre su tratamiento: un tutor (si tiene uno), su esposo, su hijo adulto, su padre, su hermano o hermana adultos, o cualquier otro familiar. Deben tener en cuenta las preferencias que han manifestado, sus creencias religiosas y valores, y su mejor interés.
Si otra persona no está de acuerdo con la decisión médica, él o ella puede pedir al tribunal donde usted reside que intervenga para examinar la situación. Si usted desea evitar los conflictos o confusión acerca de su cuidado y tratamiento, es mejor tener un poder para atención médica.
Es su responsabilidad asegurarse de que sus proveedores de atención médica tengan conocimiento que usted ha hecho un poder para su tratamiento medico. Si no puede hacerlo, sin embargo, alguien puede decirle a su médico que usted tienen este poder ya hecho. También debe asegurarse de que su familia sepa que este poder existe. Además, usted debe hacer copias del poder y entregárselas a todas las personas que lo necesite. Por ejemplo, usted debería considerar la posibilidad de dar copias a su médico u otros profesionales de salud, miembros de la familia, y los hospitales. Asimismo, asegúrese de mantener el original firmado en casa con sus otros documentos importantes. Hable con su médico para asegurarse de que él o ella entienda sus opciones y respetará su decisión. El poder también debe ser una parte de su expediente médico.
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Sheri Abrams, abogado, Fairfax, Virginia, Tel 703-934-5450. Visite sheriabrams.com. Incapacidad bajo Seguro Social, Testamentos, Poderes/Fideicomisos para Necesidades Especiales. Virginia, Maryland y Distrito de Columbia.